SI YO PUDIERA HACER UN PROYECTO DE LEY




Si yo pudiera hacer posible un proyecto de ley para poder ayudar al con ese gran problema delincuencial.

ESTAS SERIAN MIS PROPUESTAS DE PROYECTO DE LEY

LEY DE CIRCULACION DEL VEHICULO MOTOCICLETA ( MOTORES)

1- queda sometido a horario obligatorio de 6:00 AM a 8:00 PM las labores de los motoconchos
2-queda prohibido la circulacion a los motores con mas de una persona en horarios comprendidos entre las 10:PM hasta 6:00 AM
3-queda prohibido montar mas de dos persona en un motor en el horario comprendido de 6:00 AM A 10:00 PM.
4-Todo motor debe tener una placa visible en la parte trasera y su conductor debidamente con licencia de conducir y casco protectores.

nota: QUE QUEDE CLARO QUE TODO MOTOR INCAUTADO SOLO SERA RETIRADO POR SU PROPIETARIO CON LA MATRICULA Y SEGURO AL DIA

REGULARIZAR LAS LABORES DE LOS CARROS DE CONCHO EN HORARIO DE LAS NOCHES.

1- Dividir el sistema de trabajo de los carros de concho (Ejemplo)
los carros que trabajan de día no pueden trabajar de noche y los carros que trabajan de noche no pueden trabajar en el día. (y si en caso que propietario quiera cambiar de horario tendría que solicitar el cambio debidamente en el organismo correspondiente), todo chofer nocturno deberá tener una tablilla con sus datos personales y aparte de la tablilla debe tener un permiso de trabajo nocturno (si un chofer quisiera cambiar de horario de trabajo deberá solicitar el cambio en el organismo correspondiente.
Todas las rutas nocturnas deberán tener una frecuencia de comunicacion radial (2metros) de circuito serrado para así tener constante comunicacion con los choferes.
toda ruta tendrá la obligacion de velar por la seguridad de su ruta en horas de la noche, no permitir la incursión de ningún vehículo que no este rotulado en esa ruta y si se percata de que otro vehículo ajeno a la ruta esta pirateando en esa ruta sera denunciado via radio que a su vez
la central de la ruta estara en la obligacion de reportar a la policía nacional de forma inmediata
sin que el vehículo sospechoso sea intervenido por los choferes de la ruta (SOLO LA POLICIA TIENE LA FACULTAD DE INTERVENIR EN EL DETENIMIENTO DE UN CARRO PIRATA QUE ESTE CONCHANDO EN UNA RUTA, NINGUN CHOFER PUEDE PARAR O DETENER A NINGUN CARRO PIRATA, SI TIENE LA OBLIGACION DE REPORTAR SU NUMERO DE PLACA A LA CENTRAL DE RADIO DE LA RUTA Y POR CONSIGUIENTE LA CENTRAL DE LA RUTA REPORTARA A LA POLICIA EL NUMERO DE PLACA Y DEFINICION DEL VEHICULO ).

ESTE PROYECTO DE LEY CREO QUE AYUDARIA MAS A LA PAZ CIUDADANA EN NUESTRO PAIS.


AUTOR.
JOSE ANTONIO JAQUEZ SANTOS

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